Si tu terreno está clasificado como suelo dotacional (zona verde, vía o equipamiento público) y la Administración no lo ejecuta ni te lo expropia, no puedes construir ni darle uso privado, pero sigues pagando impuestos y obligaciones.
Esta situación afecta a muchos propietarios en España, son
los llamados suelos dotacionales sin ejecutar.
¿Por qué sucede?
Porque la Administración no siempre dispone de recursos o
voluntad para desarrollar estos terrenos, dejando a los propietarios en una
situación injusta.
¿Qué hacer? La expropiación rogada o por ministerio
de la ley.
La legislación urbanística, que es diferente en cada
Comunidad Autónoma, establece una vía para que tú, como propietario, exijas
a la Administración que compre tu terreno y te pague su justo valor.
Procedimiento general:
- Transcurrido
un plazo desde la aprobación del plan urbanístico sin expropiación,
puedes anunciar al Ayuntamiento que iniciarás expediente de justiprecio.
- Si la
administración no responde, se puede presentar la Hoja de Aprecio,
la valoración económica de tu terreno.
- Si continúa
sin responder o discute la valoración, puedes acudir al Jurado
Provincial de Expropiación Forzosa.
¿Quién puede solicitarla?
Propietarios de terrenos dotacionales que:
- Estén
en suelo urbano.
- No
formen parte de un ámbito urbanístico en ejecución.
- No
sean de cesión obligatoria gratuita.
- No
hayan sido expropiados en el pazo previsto en la ley.
Valoración
Hay diferentes métodos de valoración, pero es importante
tener en cuenta que el precio debe ser justo. Además, según establece la Ley de
Expropiación Forzosa, al valor real del terreno hay que sumarle un 5%, conocido
como el “premio de afección”.
Conclusión
Si tu terreno está bloqueado por un plan y la Administración
no actúa, no tienes que resignarte. Puedes activar la expropiación rogada
para exigir tu derecho a una compensación justa.



